Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó la reforma al artículo 3 fracción XIII bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para incluir el término de las cuevas naturales sumergidas como parte de la definición de ecosistemas costeros.
El documento precisa que las cuevas submarinas o sumergidas son uno de los hábitats marinos más frágiles, ya que los organismos que viven en ellas forman comunidades muy estables que son sensibles a pequeños cambios.
Estos ecosistemas representan una gran oportunidad de investigación y exploración, sobre todo, un reto mayúsculo en cuanto a la conservación del patrimonio cultural que yace dentro de estas formaciones geológicas, el cuidado sus recursos, así como su aprovechamiento sostenible.
Además, refiere que el Estado debe proteger y preservar dichos ecosistemas, concretamente las cuevas sumergidas que se encuentran en dichos espacios, y que actualmente no cuentan con ningún tipo de regulación específica dentro del marco normativo ambiental del país.
Al fundamentar el dictamen de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, Claudia Pastor Badilla señaló que la reforma está encaminada a preservar, proteger y conservar la biodiversidad de las cuevas naturales sumergidas.
Indicó que México es uno de los países más diversos del planeta; cuenta con una gran variedad de especies de flora y fauna endémica, así como ecosistemas y paisajes, entre los que destaca el sistema de cuevas sumergidas de la Península de Yucatán.
En el interior de esas cuevas se pueden encontrar grandes riquezas biológicas, como son formas de vida tan variada y singular que han aprendido a desarrollarse en entornos hostiles carentes de luz solar, ecosistemas acuáticos y marinos, la presencia de agua salada y agua dulce y la forma en que interactúan dentro de los cuerpos cavernosos.

